Anulación estudiante de Pregrado


El/la estudiante podrá solicitar la anulación de un determinado período académico (artículo 50º del Reglamento del Estudiante de Pregrado) dentro de los plazos señalados en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles, y siempre que concurran las circunstancias siguientes debidamente acreditadas:

Requisitos
  • Tener carga académica en el semestre que desea anular.
  • Contar con la autorización de su Facultad o Unidad Académica.
  • Cursar al menos el segundo período académico del respectivo programa de estudios.
  • No tener deudas de ningún tipo con la Universidad.
  • Presentar la solicitud de anulación dentro de los plazos establecidos en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles.
Documentación a presentar
  • Formulario de Solicitud de Anulación On Line en Mi Portal UC, pestaña Información Académica, ventana Suspensión y Anulación.
  • Carta de apoyo de la Facultad o Unidad Académica.

Anulaciones excepcionales

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Excepcionalmente, y por causas debidamente justificadas, el/la estudiante podrá solicitar la anulación de nuevos períodos académicos. Dicha solicitud será siempre fundada y conocerá de ella la Comisión Ad-Hoc a que se refiere el artículo 47º del Reglamento del estudiante de Pregrado.

Documentación a presentar
  • Formulario de Solicitud de Anulación On Line en Mi Portal UC, pestaña Información Académica, ventana Suspensión y Anulación.
  • Carta dirigida a la Comisión de Anulación, fundamentado sus razones. La Comisión puede aceptar o rechazar la solicitud.
  • Carta de apoyo de la Facultad o Unidad Académica.
  • Documentación que respalde la situación que motiva su solicitud.
Importante
  • A los/las estudiantes que se les hubiere autorizado una anulación de un determinado período académico, mantendrán su vigencia pero quedarán suspendidos de todos sus derechos de estudiante regular, tales como percibir los beneficios de salud, biblioteca, deporte y beneficios socioeconómicos de arancel y mantención (más información en DASE), tanto de asignación interna como externa según corresponda. Sólo mantendrán el derecho a renovar matrícula para el período académico siguiente.