Reintegro estudiantes de Postgrado

A quienes que no han inscrito cursos, no han tramitado su suspensión o la prórroga de ella, o se han ausentado aun cuando le hubiere sido denegada su solicitud de suspensión, serán considerados en situación de abandono y sólo podrán reingresar a la Universidad con autorización del Comité de Magíster, Doctorado o Postitulo, de su respectiva Facultad.

Requisitos

  • Contar con el apoyo del Jefe del Programa de estudios o Comité de Magíster, Postitulo o Doctorado de su Unidad Académica o Facultad.
  • No tener obligaciones pendientes con la Universidad en las áreas de Matrícula, Fondo de Crédito (si cursó pregrado en la UC), Biblioteca y Salud Estudiantil.
  • Presentar la solicitud dentro de los plazos establecidos en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles.

Documentación a presentar

  • Solicitud dirigida al Comité de Magister, Postitulo o Doctorado respectivo, explicando los motivos por los cuales solicita el reintegro y por qué razón abandonó el programa anteriormente.
  • Carta de apoyo del Jefe del Programa donde se indique el plan de estudios a seguir y los cursos a inscribir.
  • Carta del Comité de Magíster, Postítulo o Doctorado respectivo, autorizando el reintegro del alumno al programa.
  • Documentos que acrediten la situación que motiva su solicitud.

Al reincorporarse deberá pagar una multa equivalente al 15% del arancel de matrícula del grupo de carreras más bajo vigente a la época de su abandono, reajustado en la misma forma en que la Universidad haya determinado reajustar las deudas de matrícula.

La documentación antes referida, debe ser enviada a la Dirección de Registros Académicos (registros@uc.cl)